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Institucional – A propósito de los “delitos informáticos” –
- 3 mayo, 2019
- Creado por: admin_schonthal
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El aumento de los delitos relacionados con los sistemas, redes y datos informáticos ha creado la necesidad de acuñar una definición que agrupe todos estos actos ilícitos bajo el nombre de delitos informáticos.
El constante progreso tecnológico que experimenta la sociedad, supone una evolución en las formas de delinquir, dando lugar, tanto a la diversificación de los delitos tradicionales como a la aparición de nuevos actos ilícitos. Esta realidad ha originado un debate entorno a la necesidad de distinguir o no los delitos informáticos del resto.
Podemos definir los delitos informáticos como: “los actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas, redes y datos”.
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
- Son delitos difíciles de demostrar ya que, en muchos casos, es complicado encontrar las pruebas.
- Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida y sencilla. En ocasiones estos delitos pueden cometerse en cuestión de segundos, utilizando sólo un equipo informático y sin estar presente físicamente en el lugar de los hechos.
- Los delitos informáticos tienden a proliferar y evolucionar, lo que complica aun más la identificación y persecución de los mismos.
Qué hacer frente a un delito informático
Compartimos con toda la comunidad una serie de datos a tener en cuenta frente a estas nuevas situaciones